Declaraciones juradas de funcionarios y agentes jerárquicos

La Ley 8198 y modificatorias establece la obligatoriedad de presentar declaración jurada patrimonial para todos los funcionarios o empleados de la Provincia que manejen fondos del Estado, lo representen legalmente o ejerzan en los hechos poder de policía.

La declaración jurada comprenderá los bienes propios del declarante, los de la sociedad conyugal que integre, y los de quienes estén bajo su patria potestad, tutela o curatela. Además se debe presentar al asumir el cargo y al abandonarlo.

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Última actualización marzo 16, 2026, 14:37 (+0100)
Creado diciembre 11, 2024, 18:59 (+0100)
Frecuencia de actualización Cuando se producen ingresos o salidas de funcionarios